El poder sirve para que una persona pueda actuar en nombre y por cuenta de otra.
1. Para pleitos y cobranzas
2. Para pleitos y cobranzas y actos de administración
3. Para pleitos y cobranzas, actos de administración y dominio (revocables e irrevocables)
EL TESTAMENTO es un acto jurídico en el que podrás designar, ante un Notario, a las personas que a tu fallecimiento serán dueños de tus bienes y propiedades, convirtiéndose así en los legítimos herederos de tu patrimonio. Así, al momento de tu fallecimiento, tus bienes o propiedades serán recibidos por las personas que tu elijas libremente y en la proporción que tu dispongas.
1. Testamento Público abierto
2. Procedimiento testamentario ante Notario
3. Protocolización y aplicación de bienes de juicio testamentario e intestamentario.
Adjudicaciones Hereditarias.
Adjudicaciones judiciales por remate.
Compraventa de bienes inmuebles.
Daciones en pago.
Donación.
Permuta.
Promesas de compraventa.
1. Constitución de sociedades
2. Elaboración de actas de asamblea, ordinarias y extraordinarias y su protocolización
3. Compra-venta de acciones de sociedad
4. Fusión de sociedades
5. Escisión de sociedades
1.-Constitución de la Asociación o sociedad civil
2. Elaboración de actas de asamblea, ordinarias y extraordinarias y su protocolización.
1.- Cualquier diligencia que requiera la Fe Notarial dentro de la demarcación territorial.
1.- Cotejo de cualquier documento original o copia certificada.
1. Carta de autorización de pasaporte, visa, o salida al extranjero.
2. De cualquier documento en su contenido y firma (a excepción de traslativos de dominio).
1.-Protocolización de adjudicación por remate judicial o administrativo.
Constitución de Régimen de Propiedad en condominio.
• Constitución de servidumbre de paso, drenaje, etc.
• Constitución de usufructo vitalicio o temporal.
• Subdivisión y Fusión de inmuebles.